Las medidas dispuestas por el Comité Operativo de Emergencia tendrán vigencia hasta el próximo 14 de enero.
Pase sanitario: mayores de 13 años que concurran a locales gastronómicos, casinos y salas de juegos afines, salones de eventos, locales bailables, público en eventos deportivos y recreativos, gimnasios, cines y teatros, catamaranes y eventos masivos, deberán acreditar el esquema completo de vacunación por las aplicaciones “Mi Argentina” o “Cuidar”; excepcionalmente se podrá presentar carnet de vacunación en soporte papel.
Aforos: se mantiene la habilitación del 100 % en aquellas situaciones donde no concurran más de mil personas. Locales bailables, salones de eventos, eventos masivos de más de 1.000 personas y público en eventos deportivos federados, donde el aforo máximo permitido es del 70% de la capacidad autorizada. deben contar con la autorización previa del COCS. La solicitud de autorización debe presentarse 96 horas previas a la fecha del evento.
Uso de barbijo: no es obligatorio al aire libre siempre y cuando no haya otras personas en contacto cercano, es decir, cuando se circule en forma individual, y en un espacio en el que no concurran muchas personas, a más de dos metros de distancia. Es obligatorio en espacios cerrados como escuelas, supermercados, lugares bailables y gastronómicos, cines, teatros, transporte público, ámbito laboral, eventos masivos y en espacios abiertos compartidos.
Casinos y salas de juego: podrán funcionar al 70% de su capacidad.
Gimnasios: pueden funcionar al 100% de su capacidad, sin restricción de capacidad.
Catamaranes: pueden funcionar al 100% de su capacidad, sin restricción de capacidad.